Modelo 130: qué es, quién lo presenta y cómo se calcula
El modelo 130 es un adelanto trimestral de tu IRPF: pagas el 20 % de lo que llevas ganado en el año, descontando lo que ya has adelantado. Así, en la renta de junio no te llevas un susto.
Quién tiene que presentarlo
Los autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Quienes tributan por módulos presentan el modelo 131.
No estás obligado si eres profesional y en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos tuvieron retención de IRPF. Es el caso típico de quien trabaja casi solo para empresas.
Plazos en 2026
Los mismos que el IVA trimestral: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre. Si lo domicilias, hasta el día 15 (27 de enero en el cuarto trimestre).
Cómo se calcula
El cálculo es acumulado desde el 1 de enero:
- Rendimiento neto acumulado = ingresos del año hasta la fecha − gastos deducibles del año hasta la fecha.
- Se aplica el 20 %.
- Se restan los pagos del 130 de trimestres anteriores del mismo año.
- Se restan las retenciones que te han practicado en el año.
Si el resultado sale negativo, se pone cero (no te devuelven nada en el 130; se regulariza en la renta).
Ejemplo
| 1.er trimestre | 2.º trimestre (acumulado) | |
|---|---|---|
| Ingresos (sin IVA) | 8.000,00 € | 17.000,00 € |
| Gastos deducibles | 2.000,00 € | 4.500,00 € |
| Rendimiento neto | 6.000,00 € | 12.500,00 € |
| 20 % | 1.200,00 € | 2.500,00 € |
| Pagos anteriores del 130 | 0,00 € | − 1.000,00 € |
| Retenciones soportadas (acumuladas) | − 200,00 € | − 450,00 € |
| A ingresar | 1.000,00 € | 1.050,00 € |
Deducción por rendimientos bajos
Si tu rendimiento neto del año anterior fue de 12.000 € o menos, puedes restar una cantidad fija cada trimestre: 100 € si no superó 9.000 €, y 75 €, 50 € o 25 € en los tramos de 9.000 a 10.000, de 10.000 a 11.000 y de 11.000 a 12.000 €.
Gastos que puedes deducir
- Cuota de autónomos de la Seguridad Social.
- Gestoría, software (como tu programa de facturación), material de oficina, formación relacionada.
- Alquiler del local, suministros afectos a la actividad, y una parte de los de tu vivienda si trabajas en casa (con los límites legales).
- Amortización de equipos (ordenador, maquinaria…).
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el modelo 130 si he tenido pérdidas?
Sí, si estás obligado, se presenta igualmente con resultado cero o negativo (no se ingresa nada).
¿El modelo 130 se paga además de la renta?
No es un pago extra: es un adelanto. En la renta anual se resta todo lo pagado en los 130 y las retenciones.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 130 y el 303?
El 130 es un adelanto del IRPF sobre tu beneficio; el 303 es el IVA que cobras y pagas. Son independientes.